Subvenciones destinadas a entidades asociativas culturales en Lugo para realizar actividades de interés cultural 2026

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Se publican en el BOP de Lugo de 11-03-2026 las bases de LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES ASOCIATIVAS CULTURALES DE LA PROVINCIA DE LUGO PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE INTERÉS CULTURAL, ANUALIDAD 2026.  Crédito: 350.000 €.

BENEFICIARIOS: Entidades culturales o asociaciones legalmente constituidas de la provincia de Lugo que carezcan de finalidad de lucro, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la provincia. Quedan expresamente excluidas aquellas asociaciones que tengan concedida por la Deputación de Lugo una subvención nominativa para la misma actividad.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:  Importe mínimo a subvencionar de 800,00€ y máximo de 3.000,00 €. La asociación asumirá el 5% del coste total de la actividad.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Se entienden por gastos subvencionables, aquellos que de forma indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en la anualidad 2026. Se incluyen:

▪ Gastos de personal con contrato laboral con la entidad solicitante precisos para la realización y desarrollo de la actividad objeto de subvención y durante la duración de la misma.

▪ Gastos de seguros exclusivamente para la realización de la actividad para la que se solicita la ayuda: responsabilidad civil y, si fuese el caso, de cobertura de accidentes de la actividad.

▪ Gasto de transporte, para la realización de viajes culturales: serán subvencionables en el caso de tener contratado a un tercero (autocar) y siempre que el gasto de transporte lleve asociado una visita cultural con documento justificativo/factura que acredite que se realizaron actividades culturales en el propio viaje (visitas a museos, conjuntos patrimoniales, …).

▪Gastos de publicidad de la actividad para a que se solicita subvención: cartelería, publicidad, redes sociales, etc.

▪Gastos de alquiler de megafonía, sonido, iluminación y alquiler de infraestructuras imprescindibles y necesarias para el desarrollo de la actividad cultural para la que se solicita la ayuda, debidamente acreditados.

▪Gastos de regalos (trofeos, medallas, regalos de cerámica popular, libros y/o dispositivos electrónicos de pequeño formato), que sean necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la actividad.

▪Gastos para el desarrollo de actuaciones culturales: suministros no inventariables necesarios para la realización de la actividad (tejidos, madera, etc…), monitores/instructores de las actividades y actuaciones de carácter cultural. No se incluye el material de oficina (folios, tinta impresora, etc…).

▪ Gastos de cursos, charlas y obradores de naturaleza cultural (honorarios y kilometraje)

Gastos de organización: empresas organizadoras de actividades culturales, excepto en celebraciones de fin de curso.

Quedan excluidos, entre otros gastos, los de: alojamiento, hostelería y comidas; gastos para desarrollo de fiestas patronales, romerías y eventos religiosos; actividad extraescolar de inglés; gastos corrientes para la celebración de fiestas de fin de curso.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Entre otras obligaciones, los beneficiarios de la subvención incluirán la imagen corporativa del área de Cultura de la Excma. Deputación de Lugo y utilizarán el idioma gallego en todos los soportes que utilicen para publicitar la actividad o adquirir el comportamiento subvencionado

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 12-03-2026 hasta el 25-03-2026. CONCURRENCIA COMPETITIVA.