Se publican en el DOGA de 18-03-2026 las bases de LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2026, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DENTRO DEL PLAN ESPECÍFICO DE ACCIÓN COMUNITARIA DESTINADO A ASOCIACIONES VECINALES, COMUNIDADES DE USUARIOS DE AGUAS Y ASOCIACIONES DE MUJERES RURALES DE GALICIA, (código de procedimiento PR487A).
Crédito: 3.000.000 €: 2.600.000 € para la línea 1 de obras, y 400.000 € para la línea 2 de equipamientos.
BENEFICIARIOS:
Las asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el Registro público correspondiente y asociaciones de mujeres rurales de Galicia (en adelante, entidades), para realizar inversiones, tanto de obra como de equipamientos, en inmuebles de su titularidad o de los cuales les corresponda el derecho de uso, y traídas de agua vecinales, con la finalidad de mejorar la calidad de vida local y fomentar y dinamizar la participación vecinal y la cohesión social.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
Un máximo por entidad de 12.000 € para obras y de 5.000 € para equipamientos.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Se subvencionarán los gastos ocasionados como consecuencia de obras realizadas en inmuebles de titularidad de la entidad solicitante o sobre los cuales tenga un derecho de uso por convenio o por cualquier otro título, así como la adquisición de equipamientos necesarios para su funcionamiento, todos ellos orientados al cumplimiento de los finesde la entidad y su funcionamiento ordinario, y las obras en las traídas de agua comunitarias.
- Línea 1: las obras de acondicionamiento, reforma y ampliación de los locales en que la entidad vecinal o de mujeres rurales desarrolla su actividad, y las obras de mejora, reforma y reparación de las infraestructuras e instalaciones de las traídas de agua comunitarias, promovidas por comunidades de usuarios de aguas.
- Línea 2: adquisición de equipamientos básicos de los locales, necesarios para el funcionamiento ordinario de la entidad, integrado por mobiliario, equipamientos de oficina, equipamiento informático o equipamiento acústico y audiovisua, y la adquisición de otro equipamiento o mobiliario para actividades específicas que no tenga carácter básico.
IMPORTANTE:
Junto con la solicitud hay que aportar una memoria valorada de las obras o de los equipamientos que se soliciten, indicando la necesidad de las obras o de los equipamientos y los objetivos que se pretenden conseguir, la fecha de construcción del inmueble o de la traída, planos y /o fotografías de la instalación antes de hacer la obra, y un presupuesto detallado indicando los conceptos y cantidades y precios unitarios.
En caso de ser concedida se podrá solicitar el anticipo del 100% de la cuantía concedida, y en la memoria final se aportarán también fotografías del antes, durante y después de las obras.
Los bienes objeto de esta subvención se mantendrán un período mínimo de 5 años, y habrán de tener un cartel informativo de la subvención recibida plastificado y en un lugar visible durante un mínimo de 5 años.
Las facturas presentadas para esta subvención se deberán pagar mediante transferencia bancaria, no se admiten pagos en efectivo, ni mediante cheque bancario ni mediante tarjeta de crédito o débito.
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 19-03-2026 hasta el 19-04-2026, por concurrencia competitiva.
