Ayudas para prevención de daños causados por el lobo, el oso o el jabalí para el año 2026

Ver y Descargar MT809D – DAÑOS POR LOBO, OSO Y JABALÍ – hasta 16-01-26.pdf

Se publican en el DOGA de 16-12-2025, las bases de las ayudas económicas para la prevención de los daños que causan las especies silvestres (lobo, oso y jabalí) y se convocan para el año 2026. Procedimiento MT809D.

                   Estas ayudas se perfilan en tres líneas:

                        1.- Línea para la prevención de daños ocasionados por el lobo: para la compra y manutención de perros para la protección y defensa del ganado, de las razas que se indican en las bases, debidamente inscritos en el Rexistro Galego de Identificación de Animais de Compañía (Regiac) y con los controles sanitarios en vigor; para la compra de pastores eléctricos y/o cierres de malla electrificada, cuya compra se realice con posterioridad al 16-12-2025.

                                Se pueden acoger a esta línea las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas de ganado bovino, ovino, caprino, porcino de raza Celta y equino de figuren inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega) de Galicia.

                        2.- Línea para la prevención de daños causados por el oso: para la compra de pastores eléctricos cuya compra se realice con posterioridad al 16-12-2025.

                                Se pueden acoger a esta línea las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas asentada en ayuntamientos zona osera y área de influencia (anexo III).

                        3.- Líneas para la prevención de daños ocasionados por el jabalí: para la compra de pastores eléctricos cuya compra se realice con posterioridad al 16-12-2025.

                                Se pueden acoger a esta línea: 

                                a) las personas físicas o jurídicas que ejercen la actividad agraria y estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga), creado mediante el Decreto 200/2012, de 4 de octubre, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia y modificado por la disposición final tercera del Decreto 125/2014, de 4 de septiembre, por el que se regula en Galicia la venta directa de productos primarios desde las explotaciones a la persona consumidora final.

                                b) Las explotaciones agrarias destinadas al autoconsumo.    

                     Cuantía de las ayudas:

                                  Para cada perro, el importe máximo de la ayuda es de 300 euros por cada perro comprado y su identificación, y de 200 euros de gastos de manutención por cada perro. Se subvencionarán hasta un máximo de 3 perros por explotación, dependiendo del número de cabezas de ganado.

                                  Para los pastores eléctricos, el importe máximo de la ayuda es de 600 euros por explotación, siendo de 150 euros si el pastor eléctrico es alimentado por batería y de 300 euros si la batería se alimenta con panel fotovoltaico. El número de pastores eléctricos por explotación oscila entre 1 y 3 dependiendo del número de cabezas de ganado, y para las explotaciones de autoconsumo sólo será un pastor eléctrico por explotación.

                                Para los cierres móviles de mallas electrificadas la cuantía máxima de la ayuda será de 100 € por malla de 50 m, hasta un máximo de 8 mallas por explotación.

Plazo de solicitud.

                                Desde el 17-12-2025 hasta el 16-01-2026.